Análisis de las propuestas de reforma a la Constitución de El Salvador.

Por: Pbro. y MSc. Lucio Reyes

Se me ha pedido que dirija el análisis crítico sobre las propuestas reformas a la Constitución que está impulsando la administración Bukele; para lo cual presentaremos tres artículos, con el objetivo de tener una mirada más amplia sobre esta propuesta. El primer artículo versará sobre el Estado y la Constitución, el segundo sobre la metodología utilizada en la elaboración de la propuesta y el tercero, se analizará si la propuesta busca la progresividad en el reconocimiento de los derechos humanos o si busca la acumulación en el poder por parte del presidente.

  1. EL ESTADO Y LA CONSTITUCIÓN

El Estado moderno es una forma de organizar el poder entre los elementos que lo constituyen: pueblo, territorio, soberanía,  y de toma de decisiones vinculantes, con el fin de garantizar el interés colectivo. La búsqueda del interés colectivo, es lo que da legitimidad a un Estado; y esta legitimidad es la que analizaron los filósofos contractualistas.

El Estado surge de un pacto entre los individuos, los cuales renuncian a sus fuerzas privadas y se someten a la protección del Estado. Según Thomas Hobbes, como la naturaleza de los seres humanos es mala, competitiva, destructiva, violenta; el conflicto impide el desarrollo del ser humano, por lo cual, se hace un pacto social, un contrato para crear un ente llamada Estado (Leviatán) para que controle la naturaleza violenta y proteja a los seres humanos de su destrucción.

Jonh Locke, manifiesta que los seres humanos son seres racionales, su inteligencia se guía por la ley natural, por lo que se crea al Estado para preservar lo mejor de la humanidad, del estado de guerra, potenciando la igualdad, la libertad y la propiedad, en este sentido el Estado está en función de los individuos.

J.J. Rousseau, critica las posturas anteriores, el cual manifiesta que la guerra no es innato a la naturaleza humana, ya que el individuo busca el bienestar propio y repugna el dolor ajeno, el ser humano busca la paz, la independencia y la libertad; en este sentido, los individuos nacemos buenos, pero el pacto social, Estado, que es hecho entre poderosos y para su beneficios, nos corrompe, en cuanto que fomenta la discordia, dependencia y opresión. El Estado tiene legitimidad cuando busca la justicia y el bien común. En esta misma línea, va la fundamentación de Kant, cuando manifiesta que la legitimidad del Estado se da cuando busca asegurar la justicia, la libertad individual, mediante un ordenamiento jurídico.

En ese sentido, se puede decir, siguiendo a Adolfo Posada, que el Estado es: “Una organización social constituida en un territorio propio, con fuerza para mantenerse en él e imponer dentro de él un poder supremo de ordenación y de imperio, poder ejercido por aquel elemento social que en cada momento asume la mayor fuerza política” (Osorio, 1999, pág. 400).  

Esta agrupación humana, fijada en un territorio determinado, en la que existe un orden social, político y jurídico, orientada al bien común, la cual es establecida y mantenida por una autoridad dotada de poder de coacción debe de regirse por una norma suprema que establezca los derechos y garantías fundamentales y la forma de organizar los poderes a la cual llamamos Constitución

Dentro de un Estado soberano, la norma suprema que orienta la vida de la comunidad y su funcionamiento se llama Constitución, según Ignacio Burgoa, la Constitución es la Ley fundamental de un Estado, en cuanto que es el ordenamiento básico de toda la estructura jurídica estatal, es decir, el cimiento sobre el que se sienta el sistema normativo de derecho en su integridad; en ese sentido, la Constitución es la Ley primaria, en cuanto que es fuente de validez formal, de todas las normas secundarias del ordenamiento jurídico de un Estado (Burgoa, 2000, pág. 91).

Continuando con la idea anterior, se puede decir que la Constitución es, como dijo Hans Kelsen, la base y cumbre se desarrolla toda la estructura vital de un Estado, la constitución es la expresión normativa de las decisiones fundamentales de carácter político, social, económico, cultural y religioso, fuente creativa de los órganos primarios, demarcación de sus competencias  y limita las facultades de los gobernantes.

Al ser la Constitución la ley fundamental y primaria de un Estado, esto nos indica que no se pueden proponer reformas arbitrarias, subjetivas e inconsultas, dado que estamos atentando con todo un proyecto político que está plasmado en el texto constitucional. Este primer artículo, pretende despertar el interés sobre la importancia de la Constitución en un Estado constitucional de derecho, conocer la estructura de una constitución, dogmática y orgánica etc. Si bien es cierto, que toda Constitución responde a un contexto político determinado y que se tiene que ir adaptando a los nuevos tiempos, no se puede hacer las reformas pertinentes de forma apresurada, inconsulta e improvisada, por lo tanto en los próximos artículos se analizará la metodología utilizada en la propuesta de reforma y los contenidos de dicha propuesta.

Bibliografía

Burgoa, I. (2000). Diccionario de Derecho Constitucional, Garantías y Amparo. México, D.F.: Porrúa.

Osorio, M. (1999). Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales. Buenos Aires: Heliasta.

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